Ayuda de 200 euros: nuevo cheque del Gobierno por la actual inflación

El pasado miércoles 15 de febrero se activó la nueva ayuda de 200€ para familias vulnerables que estará disponible hasta el 31 de marzo 2023.

Forma parte de una nueva medida aprobada por el Gobierno para paliar los efectos de la inflación y la subida de precios. Esta ayuda está sujeta a ciertas condiciones para poder optar a ella.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Personas físicas con bajo nivel de ingresos y patrimonio que durante el 2022 hayan estado: asalariadas, autónomos, beneficiarios de la prestación o subsidio por paro.

No tendrán derecho a dicha ayuda los pensionistas o quien cobre ya el ingreso mínimo vital.

Requisitos:

  • Tener residencia habitual en España en 2022. Entendiendo como residencia habitual permanecer más de 183 días; o que sea el núcleo principal de las actividades.
  • No haber superado 27.000€ de ingresos anuales durante el año pasado (importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000€ de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (al margen de la vivienda habitual). Para el cálculo se suman las rentas y patrimonio del beneficiario y personas que convivan con ellas: cónyuge, pareja de hecho, descendientes menores de 25 años o con discapacidad, con rentas que no superen los 8.000€; y los ascendientes hasta segundo grado. No se sumarán los ingresos ni patrimonios de personas que compartan vivienda sin tener una relación de las detalladas anteriormente.
  • No haber percibido el ingreso mínimo vital/ ayuda a la infancia o una pensión de la seguridad social en régimen general o especial), a 31 de diciembre de 2022.
  • Ninguno de los convivientes durante el 2022 haya sido administradores de una sociedad activa, titulares de acciones o participaciones no cotizadas.

Documentación para presentar

Según el Ministerio de Hacienda no es necesario aportar ninguna documentación en la solicitud. La administración se encargará de comprobarlo y determinar si el contribuyente tiene derecho al cheque.

¿Dónde y cómo solicitar la ayuda?

Deberá tramitarse a través del formulario en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

¿Cómo y cuándo se cobrará?

Se cobrará mediante transferencia bancaria a la cuenta que se haya facilitado en la solicitud, siempre y cuando sea la persona titular.

Según informa Hacienda, los plazos para el ingreso serán hasta el 30 de junio de este año.

Escrito porJudit Castro GarcíaDpto. de Administración.
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