¿Es posible recuperar el dinero de un seguro de vida?

Existe una controversia sobre si es o no posible recuperar el dinero de un seguro de vida. La verdad es que ambas cosas son ciertas: se puede… y no se puede.

Trataremos de explicar de la forma más clara posible en qué casos y en qué condiciones es factible obtener una devolución del dinero y aquellos casos en los que, por el contrario, eso no será posible.

Existen tres métodos por los que podrá recuperar su dinero: a través del rescate, mediante la cancelación y, por último, a través de la reducción.

Pero antes de extendernos sobre el tema, cabe destacar la obligación de todo cliente o usuario de leer las condiciones de la póliza para saber qué cubre, así como bajo qué condiciones se puede hacer uso de ella y cuáles son las exclusiones y los riesgos cubiertos.

Rescate económico del seguro

El rescate se produce cuando se cancela un seguro antes de su fecha de vencimiento y se recupera el dinero de la póliza.

Este rescate está amparado por la Ley de Contrato de Seguro, Artículo 96: “El tomador que haya pagado las dos primeras anualidades de la prima a la que corresponda el plazo inferior previsto en la póliza podrá ejercitar el derecho de rescate mediante la oportuna solicitud, conforme a las tablas de valores fijadas en la póliza.”

Como condición, tal y como reza el artículo 96 de la Ley de Contrato de Seguro, se debe haber pagado las dos primeras anualidades del seguro.

Una vez solicitado el rescate a la compañía aseguradora, el contrato se dará por finalizado y en un plazo legal de 40 días, la compañía deberá abonar el pago de la prima no consumida.

En este artículo de la Ley de Contrato y Seguro también se contemplan las tablas de valores fijadas, que deberán estar reflejadas en la póliza.

Reducción del seguro de vida

La reducción del seguro de vida no cancela la póliza sino que la deja en suspenso. Esta condición se adquiere a los dos años del contrato.

Normalmente es una cláusula que aplica la compañía aseguradora cuando el asegurado tiene cuotas sin pagar. De esta manera el tomador mantiene las coberturas mínimas hasta el momento en que pueda pagar y reiniciar así la póliza con todas las coberturas previamente contratadas.

También la puede solicitar el tomador cuando por, falta de liquidez, no pueda pagar las cuotas. El tomador puede volver a activar su póliza en cualquier momento.

La recuperación del dinero puede hacerse mediante rescate, cancelación o reducción, pero es importante tener en cuenta las condiciones, exclusiones y riesgos de la póliza contratada.

Cancelación del seguro de vida

Otra manera de recuperar el dinero de la prima de su seguro de vida es a través de la cancelación.

Para ello se debe haber mantenido el seguro activo como mínimo durante seis meses.

Esto es en casos en que la póliza sea contratada anualmente, así que es muy probable que su seguro cumpla con esta condición ya que la mayoría son pólizas anuales.

Antes de los treinta días desde que su seguro le hace entrega de la póliza se puede rescindir el contrato comunicándolo por escrito. En ese caso, la compañía estará obligada a la devolución de la prima menos la parte correspondiente al tiempo que ha estado en vigor.

Así lo dice el artículo 83.a de la Ley de Contrato del Seguro:

  1. “El tomador del seguro en un contrato de seguro individual de duración superior a seis meses que haya estipulado el contrato sobre la vida propia o la de un tercero tendrá la facultad unilateral de resolver el contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional.”
  2. “La facultad unilateral de resolución del contrato deberá ejercitarse por el tomador mediante comunicación dirigida al asegurador a través de un soporte duradero, disponible y accesible para éste y que permita dejar constancia de la notificación. La referida comunicación deberá expedirse por el tomador del seguro antes de que venza el plazo indicado en el apartado anterior.”
  3. “A partir de la fecha en que se expida la comunicación a que se refiere el apartado anterior cesará la cobertura del riesgo por parte del asegurador y el tomador del seguro tendrá derecho a la devolución de la prima que hubiera pagado, salvo la parte correspondiente al período de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia. El asegurador dispondrá para ello de un plazo de 30 días a contar desde el día que reciba la comunicación de rescisión.”

Se puede recuperar la prima mediante cancelación siempre y cuando se haya mantenido el seguro activo durante seis meses y se haya notificado por escrito la rescisión del contrato antes de los 30 días desde que el seguro hace entrega de la póliza.

Cuándo no es posible recuperar el dinero de un seguro de vida

En general, la compañía aseguradora tiene la potestad de ofrecer esa posibilidad o no de recuperar el dinero, pero deberá reflejarlo obligatoriamente en el contrato de seguro.

Tampoco hay devolución en los seguros de decesos, por tratarse de un riesgo diferente. Cada año se cubren los gastos que ocasiona el fallecimiento, como los gastos de sepelio o de otros servicios relacionados incluidos en la cobertura y, en caso de no haber fallecimiento, no se activa la cobertura y la prima no se devuelve.

Así lo determina Ley de Contrato de Seguro, artículo 98, que no genera el derecho a rescate en los seguros de ahorro:

“En los seguros de supervivencia y en los seguros temporales para caso de muerte no será de aplicación.”

Como recomendación final y dado que este es un tema complejo que requiere la revisión de cada caso, le recomendamos que consulte usted con nuestros agentes. Ellos comprobarán las condiciones de su póliza para comprobar si tiene o no usted derecho a la devolución de su seguro de vida y le solventarán cualquier duda que pueda tener al respecto.

Escrito porJulia Alabarce PáezAtención al cliente.
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